Marco Jurídico y Normativo Municipal
Plan de Desarrollo Municipal vigente
De acuerdo con el Manual para la Elaboración de los Planes de Desarrollo Municipal 2022 – 2024:
“La construcción de la política económica debe aprovechar al máximo las fortalezas y oportunidades del territorio estatal para fomentar la transformación del sector primario, lograr la seguridad alimentaria y promover actividades agropecuarias sostenibles. La industria moderna debe contribuir a la creación de empleos dignos y bien remunerados, bajo una visión integral que ayude a preservar el medio ambiente. El sector servicios debe consolidarse como motor del crecimiento económico.”
Por lo que los temas de desarrollo que se incluyen son:
Pilar 2 Económico: Municipio Competitivo, Productivo e Innovador.
Tema: Desarrollo económico.
Subtema: Desarrollo regional.
Subtema: Actividades económicas por sector productivo (industria, turismo, agricultura, etc.)
Subtema: Empleo, características y población económicamente activa.
Subtema: Exportaciones.
Subtema: Financiamiento.
Tema: Infraestructura pública y modernización de los servicios comunales
Subtema: Centrales de abasto, mercados y tianguis
Subtema: Rastros municipales
Subtema: Parques, jardines y su equipamiento
Subtema: Panteones
Tema: Innovación, investigación y desarrollo
También se menciona que el objetivo es: “Analizar la capacidad que el municipio tiene para producir u obtener riqueza, así como su expansión económica y las formas en las que busca garantizar el bienestar.”
Fuente: Manual para la Elaboración de los Planes de Desarrollo Municipal 2022 – 2024
Plan de Desarrollo Municipal vigente 2019 – 2021
Actualmente, el Plan de Desarrollo Municipal 2022 – 2024, no se encuentra disponible para su consulta, por lo que se tomará como referencia al Plan de Desarrollo Municipal 2019 – 2021.
Bando Municipal de Nezahualcóyotl vigente
Artículo 51.- Con la finalidad de eficientar las tareas que realizan las dependencias que conforman la administración pública municipal; el Ayuntamiento podrá modificar el Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal, así como expedir o modificar los Reglamentos específicos de cada una de ellas, sus Manuales de Organización y Manuales de Procedimientos.
Así mismo tendrá la facultad de expedir acuerdos, circulares y demás disposiciones que permitan regular el funcionamiento de las dependencias de la administración municipal, ello sin perjuicio de que las propias dependencias que conforman la estructura administrativa municipal, implementen de manera permanente, con el objeto de mejorar sus procesos y procedimientos, la normatividad que permita la promoción del uso de las tecnologías de la información para impulsar el desarrollo económico y social; sin dejar de observar las disposiciones contenidas en la Constitución Federal, en la Constitución Local y la Legislación en materia de Gobierno Digital.
TÍTULO NOVENO
DEL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y URBANO
CAPÍTULO I
DEL DESARROLLO ECONÓMICO
Artículo 96.- En materia de desarrollo económico le corresponde al Ayuntamiento:
I. Diseñar y promover políticas que generen inversiones productivas y empleos remunerados;
II. Diseñar y establecer programas y mecanismos tendientes a la coordinación de acciones cuyo objetivo sea vincular las necesidades de los sectores productivos, que intervengan con el conocimiento científico, tecnológico y de investigación desarrollado en el Municipio para impulsar la competitividad equitativa;
III. Identificar la vocación productiva del Municipio a fin de diseñar las estrategias y líneas de acción necesarias para lograr su crecimiento económico;
IV. Promover entre la ciudadanía del Municipio la economía solidaria, asesorando para la creación de cooperativas y asociaciones civiles;
V. Promover y difundir, dentro y fuera del Municipio las ventajas competitivas que se ofrecen en la localidad a la inversión productiva, en foros estatales, nacionales e internacionales;
VI. Impulsar el desarrollo de cadenas productivas;
VII. Promover la creación de las empresas paramunicipales y/o fideicomisos necesarios para garantizar el abasto de bienes y servicios básicos, así como un desarrollo económico equilibrado;
VIII. Impulsar el desarrollo de la infraestructura de comunicaciones, transportes, comercial, de servicios, de logística, y otras que sean necesarias para lograr el desarrollo económico del Municipio;
IX. Promover la creación de proyectos de alto impacto regional y económico en el Municipio, para acelerar su desarrollo económico;
X. Promover la comercialización de los productos y servicios generados en el Municipio, en el mercado estatal, nacional e internacional;
XI. Integrar los registros que sean necesarios para proveer información económica oportuna para la planeación y promoción económica y empresarial del Municipio;
XII. Desarrollar un sistema municipal de atención especial a la micro, pequeña y mediana empresa para incrementar la actividad económica del Municipio;
XIII. Apoyar iniciativas de asociaciones de empresarios, de productores, o de agrupaciones de MIPYMES, que tiendan a innovar, mejorar y/o consolidar la vocación productiva de sectores empresariales específicos;
XIV. Involucrar a sectores vulnerables, en la cultura empresarial, estimulando la generación y desarrollo de proyectos productivos;
XV. Impulsar la participación del sector privado en el desarrollo de infraestructura comercial e industrial;
XVI. Auxiliar a la persona titular de la Presidencia Municipal en la coordinación con las dependencias del Ejecutivo Estatal responsables de la implementación de la Mejora Regulatoria y Fomento Económico, conformado para tal efecto, la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria encargada de revisar el marco regulatorio municipal, así como, los Comités Internos de Mejora Regulatoria, encargados de revisar, evaluar y aprobar los programas anuales de mejora regulatoria municipal que cada uno de estos elabore; derivados del Plan Municipal de Desarrollo y de las facultades que en su favor otorgan las leyes de la materia;
XVII. Promover programas de simplificación, desregulación y transparencia administrativa para facilitar la actividad económica;
XVIII. Establecer un Registro Municipal de Empadronamiento para los comerciantes y personas jurídicas colectivas que ejerzan actividades comerciales en el municipio y en coordinación con la Tesorería Municipal específicamente para el cumplimiento de las obligaciones de índole recaudatorio;
XIX. Implementar a través del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) un programa de simplificación, reingeniería y modernización administrativa de los trámites municipales para el inicio de operaciones de una empresa de bajo riesgo en locales previamente construidos;
XX. Conducir la coordinación interinstitucional de las dependencias municipales a las que corresponda conocer de la documentación requerida para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento de unidades económicas;
XXI. Crear los programas de capacitación para la consolidación y fortalecimiento de cooperativas, asociaciones civiles y MIPYMES mediante acuerdos y/o convenios con instituciones de todos los niveles y ámbitos relacionados;
XXII. Apoyar a los distintos sectores sociales a través del Programa Fondo Municipal del emprendedor;
XXIII. Establecer las estrategias necesarias para la realización de un programa de abasto que impacte de manera positiva en la economía familiar;
XXIV. Conformar el Consejo Consultivo Económico Municipal para desarrollar estrategias que lleven al fortalecimiento, crecimiento y economía local;
XXV. Implementar programas de capacitación e integración a la actividad económica a las personas con discapacidad, adultos mayores, jóvenes y mujeres;
XXVI. Desarrollar cursos de autoempleo y certificación de competencias laborales;
XXVII. Promover programas de exposiciones industriales, comerciales y de servicio, ferias y/o jornadas para el empleo, así como establecer programas de capacitación permanentemente para el trabajo y autoempleo, en coordinación con los diferentes órdenes de gobierno, con el propósito de fomentar el desarrollo económico del Municipio y del Estado de México;
XXVIII. Preservar y promover la actividad artesanal que se realiza dentro del Municipio a través de la organización del sector, así como la capacitación de sus integrantes y su participación en ferias y foros que incentiven la comercialización de sus productos, para una mejor derrama económica del Municipio;
XXIX. Impulsar la creación de espacios turísticos en el Municipio y coordinar la actividad turística que se desarrolle en el Municipio, así como y promover su crecimiento;
XXX. Fortalecer el Servicio Municipal del Empleo;
XXXI. Coadyuvar al reordenamiento y la normatividad de la actividad económica para impulsar una cultura de la legalidad;
XXXII. A través del Comité Municipal de Dictamen de Giro expedir el Dictamen de Giro, sustentando en las evaluaciones que previamente se realicen en materias de salubridad local tratándose de venta de bebidas alcohólicas para consumo inmediato y rastros.
XXXIII. Clasificar las Unidades Económicas conforme a la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, y según sea su actividad en:
A) Unidad Económica de Alto Impacto:
La que tiene como actividad principal la venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato y todas aquellas que requieran de Dictamen de Giro en los términos previstos por las disposiciones jurídicas correspondientes.
B) Unidad Económica de Mediano Impacto:
A las que se les autoriza la venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato, siendo otra su actividad principal.
C) Unidad Económica de Bajo Impacto:
A las que se les autoriza la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado y no sean para el consumo inmediato y las demás que no se encuentren comprendidas en Mediano y Alto impacto.
XXXIV. Establecer un Registro Municipal de Unidades Económicas que ejerzan actividades comerciales en el Municipio, en coordinación con las Dependencias Administrativas correspondientes, teniendo como finalidad una base de datos confiable y actualizada;
XXXV. Integrar en el Registro Municipal los datos que exija la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y el Reglamento Municipal de la Materia;
XXXVI. Dirigir y supervisar el Sistema Municipal de Microcréditos, programas de apoyo a exportadores y demás programas y fideicomisos que sean de su competencia;
XXXVII. Promover la modernización de la infraestructura municipal en los parques y zonas industriales, centros comerciales, mercados y demás unidades económicas que incidan en la eficiencia productiva, en coordinación con los demás órdenes de gobierno;
XXXVIII. Promover programas de exposiciones industriales, comerciales y de servicio, ferias para el empleo, así como establecer programas de capacitación permanentemente para el trabajo y autoempleo, en coordinación con los diferentes órdenes de gobierno, con el propósito de fomentar el desarrollo económico del Municipio y del Estado de México;
XXXIX. Promover y participar en la planeación para la creación de áreas y actividades de comercialización y abasto;
XL. Planear, coordinar y promover las actividades artesanales propias del Municipio, a través del apoyo y organización de los artesanos;
XLI. Impulsar el desarrollo de la actividad turística en el Municipio;
XLII. Expedir las Licencias de Funcionamiento de las Unidades Económicas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley de la Materia, su Reglamento y el Reglamento Municipal correspondiente; y
XLIII. Las demás atribuciones señaladas en las leyes en la materia.
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl vigente
Artículo 25. Para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, la persona titular de la Presidencia Municipal; será auxiliado por las siguientes dependencias:
…
k) Fomento Económico;
…
CAPÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO: FOMENTO ECONÓMICO
Artículo 72. La Dirección de Fomento Económico es la dependencia encargada de la promoción y fomento del desarrollo de las actividades industriales, comerciales y de servicios, además de fomentar la regularización de las empresas instaladas en el municipio por medio de incentivos y simplificación administrativa. Asimismo, promoverá la creación y aprovechamiento de las fuentes de trabajo, la capacitación para incrementar la mano de obra especializada encaminada al aumento de la posibilidad de obtener o mejorar el empleo; además de proponer y dirigir las políticas en materia de abasto y comercio, así como su reglamentación.
Artículo 73. La Dirección de Fomento Económico se integra por las áreas administrativas siguientes:
I. Subdirección de Fomento al Comercio;
II. Subdirección de Inversión;
III. Subdirección de Fomento Industrial;
IV. Subdirección de Sistema de Apertura Rápida de Empresas;
V. Subdirección de Empleo;
VI. Subdirección de Fomento Económico de la Unidad Administrativa Nezahualcóyotl;
VII. Subdirección de Mejora Regulatoria;
VIII. Enlace Institucional con Ventanilla Única de la Unidad Administrativa Nezahualcóyotl;
IX. Jefatura de Departamento de Regulación Comercial;
X. Jefatura de Departamento de Abasto;
XI. Jefatura de Departamento de Promoción al Turismo;
XII. Jefatura de Departamento de Promoción de Inversiones;
XIII. Jefatura de Departamento Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;
XIV. Jefatura de Departamento Economía Social y Proyectos Productivos;
XV. Jefatura de Departamento de Ventanilla Única;
XVI. Jefatura de Departamento de Registro Empresarial;
XVII. Jefatura de Departamento Bolsa de Trabajo; y
XVIII. Jefatura de Departamento Capacitación para el Trabajo.
Artículo 74. A la Dirección de Fomento Económico, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Determinar los requisitos que los particulares deberán cumplir para la expedición de las licencias de Funcionamiento, para las actividades económicas licitas, sujetas a regulación, en los términos de las disposiciones aplicables en la materia que la misma u otras autoridades competentes emitas;
II. Expedir Licencias de Funcionamiento y en su caso, el refrendo, para las unidades económicas de bajo, mediano y alto impacto a través de la ventanilla única, las cuales serán vigentes por el tiempo, evento o periodo para el que sean otorgadas, sin que en ningún caso pueda exceder del año de su emisión; previo cumplimiento de los requisitos que establezcan los ordenamientos legales aplicables;
III. Fijar los horarios de apertura y cierre de las empresas y unidades económicas dedicados a las actividades de carácter económico;
IV. Solicitar a la Unidad de Verificación y Normatividad Administrativa las inspecciones a las unidades económicas para verificar el cumplimiento de los ordenamientos municipales legales aplicables, debiendo identificarse plenamente como funcionario del Ayuntamiento y mostrar por escrito la causa legal que origine el acto de molestia;
V. Solicitar al área correspondiente la suspensión de actividades, clausura y/o retiro inmediato de los establecimientos, que no cuenten con la autorización correspondiente, o que puedan afectar grave y notoriamente a medio ambiente, pongan en riesgo la seguridad, la paz, la tranquilidad, la salud pública, causen daño al equipamiento y/o a la infraestructura urbana;
VI. Solicitar al área correspondiente el inicio de los procedimientos administrativos de cancelación de licencias;
VII. Diseñar y promover políticas que generen inversiones productivas y empleos remunerados;
VIII. Diseñar y establecer programas y mecanismos tendientes a la coordinación de acciones que sirvan al objeto de vincular las necesidades del sector productivo con el conocimiento científico y tecnológico desarrollado en el municipio para impulsar la competitividad basada en el conocimiento;
IX. Identificar la vocación productiva del municipio a fin de diseñar las estrategias y líneas de acción necesarias para logar su crecimiento económico;
X. Promover entre los ciudadanos del Municipio la economía solidaria, creando cooperativas y asociaciones civiles;
XI. Promover y difundir, dentro y fuera del Municipio las ventajas competitivas que se ofrecen en la localidad a la inversión productiva, en foros estatales, nacionales e internacionales;
XII. Impulsar el desarrollo de cadenas productivas;
XIII. Promover la creación de las empresas paramunicipales y/o fideicomisos necesarios para garantizar el abasto de bienes y servicios básicos, así como un desarrollo económico equilibrado;
XIV. Impulsar el desarrollo de la infraestructura de comunicaciones, transportes, comercial, de servicios, de logística, y otras que sean necesarias para lograr el desarrollo económico del municipio;
XV. Promover la creación de proyectos de alto impacto regional y económico en el Municipio, para acelerar su desarrollo económico;
XVI. Promover la comercialización de los productos y servicios generados en el municipio, en el mercado estatal, nacional e internacional;
XVII. Integrar los registros que sean necesarios para proveer información económica oportuna para la planeación y promoción económica y empresarial del municipio;
XVIII. Desarrollar un sistema municipal de atención especial a la micro, pequeña y mediana empresa para incrementar la actividad económica del Municipio;
XIX. Apoyar iniciativas de asociaciones de empresarios, de productores, o de agrupaciones de MIPYMES, que tiendan a innovar, mejorar y/o consolidar la vocación productiva de sectores empresariales específicos;
XX. Involucrar a sectores vulnerables, en la cultura empresarial, estimulando la generación y desarrollo de proyectos productivos;
XXI. Impulsar la participación del sector privado en el desarrollo de infraestructura comercial e industrial;
XXII. Auxiliar a la persona titular de la Presidencia Municipal en la coordinación con las dependencias del Ejecutivo Estatal que son responsables de la mejora regulatoria y fomento económico en los términos que señale la Ley de la materia, programas de simplificación, desregulación y transparencia administrativa para facilitar la actividad económica;
XXIII. Establecer un Registro Municipal de Empadronamiento de las personas físicas y jurídicas colectivas que ejerzan actividades comerciales en el Municipio y reportar a la Tesorería Municipal para el cumplimiento de las obligaciones de índole recaudatorio;
XXIV. Implementar el Sistema de Apertura Rápida de Empresas a través del centro de atención empresarial, en coordinación con los diferentes niveles de gobierno;
XXV. Conducir la coordinación interinstitucional de las dependencias municipales a las que corresponda conocer sobre el otorgamiento de permisos y licencias para la apertura y funcionamiento de unidades económicas;
XXVI. Crear los programas de capacitación para la consolidación y fortalecimiento de cooperativas y asociaciones civiles mediante acuerdos y/o convenios con instituciones de todos los niveles y ámbitos relacionados;
XXVII. Apoyar a las empresas sociales a través de un programa de financiamiento de proyectos productivos;
XXVIII. Establecer las estrategias necesarias para la realización de un programa de abasto que impacten de manera positiva en la economía familiar;
XXIX. Conformar el Consejo Consultivo Económico Municipal para desarrollar estrategias que lleven el fortalecimiento, crecimiento y economía local;
XXX. Implementar programas de capacitación e integración a la actividad económica a las personas con discapacidad y adultos mayores;
XXXI. Desarrollar cursos de autoempleo y certificación de competencias laborales;
XXXII. Promover la actividad artesanal a través de la organización del sector, capacitación de sus integrantes y su participación en ferias y foros, que incentive la comercialización de los productos;
XXXIII. Impulsar la creación de espacios turísticos en el Municipio y coordinar la actividad turística que se desarrolle en el Municipio, así como promover su crecimiento;
XXXIV. Fortalecer el Servicio Municipal del Empleo;
XXXV. Coadyuvar al reordenamiento y la normatividad de la actividad económica para impulsar una cultura de la legalidad;
XXXVI. Establecer un Registro Municipal de Unidades económicas que ejerzan actividades comerciales en el Municipio, en coordinación con las dependencias administrativas correspondientes, teniendo como finalidad una base de datos confiable y actualizada;
XXXVII. Dirigir y supervisar el Sistema Municipal de Microcréditos, programas de apoyos exportadores, y demás programas y fideicomisos que sean de su competencia;
XXXVIII. Promover la modernización de la infraestructura municipal en los parques y zonas industriales, centros comerciales, mercados y demás unidades económicas que incidan en la eficiencia productiva, en coordinación con los demás órdenes de gobierno;
XXXIX. Promover programas de exposiciones industriales, comerciales y de servicio, ferias para el empleo, así como establecer programas de capacitación permanentemente para el trabajo y autoempleo, en coordinación con los diferentes órdenes de gobierno, con el propósito de fomentar el desarrollo económico del Municipio y del Estado de México;
XL. Promover y participar en la planeación para la creación de áreas y actividades de comercialización y abasto;
XLI. Planear, coordinar y promover las actividades artesanales propias del Municipio, a través del apoyo y organización de los artesanos;
XLII. Impulsar el desarrollo de la actividad turística en el Municipio; y
XLIII. Las demás que expresamente señalen las leyes federales, estatales y las disposiciones establecidas en el Bando Municipal vigente.
Manual de Organización de la Dirección de Fomento Económico vigente
El Manual de Organización tiene como finalidad, servir, en particular, como instrumento administrativo de soporte, formación y consulta sobre las funciones que ejecuta la Dirección de Fomento Económico, de conformidad con los ordenamientos jurídicos aplicables, y en general, para la ciudadanía como medio de información y guía respecto a las atribuciones que asume cada una de las áreas o unidades administrativas que la conforman.
Es importante precisar que el Manual de Organización, además de ser un documento de consulta general, servirá como herramienta de referencia que oriente al personal para realizar sus labores cotidianas, y al mismo tiempo, facilite la integración y orientación de nuevos elementos, coadyuvando de esta manera al logro de objetivos y metas institucionales e impulsando la eficacia y le eficiencia de la Dirección de Fomento Económico.
Manual de Procedimientos de la Dirección de Fomento Económico vigente
El Manual de Procedimientos tiene como propósito contar con una guía clara y específica que garantice la óptima operación y desarrollo de las diferentes actividades que se realizan en la Dirección de Fomento Económico.
Comprende de forma ordenada, secuencial y detallada las operaciones de los procedimientos a seguir para cada actividad laboral, promoviendo el buen desarrollo administrativo de la Dirección de fomento Económico; contempla la red de procesos de la comisión lista maestra de documentos, el desarrollo de procedimientos con sus respectivos diagramas de flujo y formatos utilizados.
